Campos de uso en libros de facturas expedidas
Campos de uso en libros de facturas expedidas
CAMPO | DESCRIPCIÓN |
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FE_FACTURA_RECTIFICADA | Se consignarán la identificación de la factura o documentos sustituidos como consecuencia de la rectificación. No se complique con esto, según las preguntas frecuentes no es obligatorio. |
FE_TIPO_RE | Se consignará el tipo de recargo de equivalencia aplicable. |
FE_CUOTA_RE | Se consignará la Cuota del recargo de equivalencia en euros o su contravalor, en los casos de operaciones en divisas. |
FE_SITUACION_INMUEBLE | Cuando se consigne la clave de operación “R” se consignará de entre las siguientes claves la que corresponda a la situación del local de negocio arrendado: 1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra. 2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra. 3. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral. 4. Inmueble situado en el extranjero. |
FE_REFERENCIA_CATASTRAL | Cuando se consigne la clave de operación “R”, se consignará la referencia catastral correspondiente al local de negocio arrendado. Alfanumérico de hasta 25 caracteres. |
FE_EN_METALICO | Los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico (moneda o billetes de curso legal) de la misma persona o entidad por las operaciones realizadas durante el año natural. |
FE_EJERCICIO | Se consignarán las cuatro cifras del ejercicio en el que se hubieran declarado las operaciones que dan origen al cobro en metálico por importe superior a 6.000 euros. |
FE_TRANSM_INM_CON_IVA | Se consignarán separadamente de otras operaciones, las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor añadido (IVA incluido). Los importes deben consignarse en EUROS. IMPORTE PERCIBIDO POR TRANSMISIONES DE INMUEBLES SUJETAS A IVA. |