Nombres de columnas y formateado de datos

Nombres de columnas y formateado de datos

Consideraciones previas

  • No pueden aparecer las dobles comillas en el texto (“), ya que se utilizan para detectar el principio y final del campo copiado y puede distorsionar el pegado de la información en Genera182, un simple buscar y reemplazar le ayudará a eliminarlas de forma sencilla en todo el texto.
  • Los importes y números de ejercicio no deben llevar el de moneda. Lo recomendable es formatearlas solo con el símbolo decimal (la coma) y dos decimales, aunque si contienen el símbolo de miles no pasa nada.
  • La configuración regional del sistema y de la hoja de cálculo debe ser la de España. Símbolo de miles el punto y de decimales la coma.

Nombre de Columnas/Campos y su contenido

A continuación le indicamos las columnas necesarias con su formato. Si tiene alguna duda al respecto del contenido también puede consultar la ayuda de la Agencia Tributaria sobre los datos del modelo 182.

NIF

Alfanumérico de hasta 15 caracteres. Elimine espacios y guiones, aunque no se preocupe mucho con este tema porque ya lo hacemos nosotros automáticamente.

Si es una persona física se consignará el N.I.F. del declarado. Si el declarado es una persona jurídica o una entidad en régimen de atribución de rentas (comunidad de bienes, sociedad civil, herencia yacente, etc.), se consignará el número de identificación fiscal correspondiente a la misma.

NIF_REPRLEGAL

Alfanumérico de hasta 15 caracteres, elimine espacios y guiones.

Si el declarado es menor de edad se consignará en este campo el número de identificación fiscal de su representante legal (padre, madre o tutor)

NOMBRE

Alfanumérico de 40 caracteres; elimine dobles comillas “, si existen.

Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden.

Si el declarado es menor de edad, se consignarán en este campo los apellidos y nombre del menor de edad.

Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la razón social o denominación completa de la entidad, sin anagramas.

PROVINCIA

Alfanumérico de 2 caracteres. Hay una tabla de referencia en programa.

Se consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma del domicilio del declarado, según la relación que consta a continuación. Cuando el declarado sea un no residente sin establecimiento permanente en territorio español se hará constar como código de provincia el 99.

CLAVE

Alfabético de 1 carácter.

Las entidades acogidas al régimen de deducciones recogidas en el Título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre lo consignarán según el siguiente detalle:
A. Donativos no incluidos en las actividades o programas prioritarios de mecenazgo establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
B. Donativos incluidos en las actividades o programas prioritarios de mecenazgo establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
 
Tratándose de aportaciones o disposiciones relativas a patrimonios protegidos, deberá consignarse alguna de las siguientes claves:
C. Aportación al patrimonio de discapacitados.
D. Disposición del patrimonio de discapacitados.
E. Gasto de dinero y consumo de bienes fungibles aportados al patrimonio protegido en el año natural al que se refiere la declaración informativa o en los cuatro anteriores para atender las necesidades vitales del beneficiario y que no deban considerarse como disposición de bienes o derechos a efectos de lo dispuesto en el artículo 54.5 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
 
Los Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores consignarán las siguientes claves:
F. Cuotas de afiliación y aportaciones previstas en el artículo 2.Dos.a) de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
G. Resto de donaciones y aportaciones percibidas.
 

PORCENTAJE

Cantidad numérica sin símbolo de miles ni de moneda y con 2 decimales.

% DE DEDUCCIÓN: Cuando se haya hecho constar en el campo "NATURALEZA DEL DECLARANTE" (posición 160) del tipo de registro 1, el dígito numérico indicativo de la naturaleza del declarante 1, 2 o 4, se hará constar el porcentaje de deducción aplicable a los donativos efectuados. En particular, si se hubiera consignado un 1 en dicho campo, el porcentaje que deberá declararse en relación con los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será el que corresponda a la parte de la base de deducción que exceda de 150 euros. Si la base de la deducción no excede de esta cantidad, el porcentaje que deberá declararse en relación con estos contribuyentes será el establecido en el artículo 19 de la Ley 49/2002. De la misma forma se consignará en el caso de que se haya hecho constar en el campo “NATURALEZA DEL DECLARANTE” (posición 160) del tipo de registro 1 el dígito 4, y en el campo “CLAVE” (posición 78) del tipo de registro 2 la letra G.

VALOR

Cantidad numérica sin símbolo de miles ni de moneda y con 2 decimales.

PERCEPCIONES DINERARIAS: importe anual del donativo, aportación o disposición, en el caso de que este haya sido dinerario, correspondiente a un mismo porcentaje de deducción.

En los donativos, aportaciones o disposiciones en especie se hará constar la valoración de lo donado, aportado o dispuesto determinado de acuerdo con las reglas del artículo 18 de la Ley 49/2002.

En caso de que se haya marcado la CLAVE E en la posición 78, deberá consignarse el importe del dinero gastado o el valor de los bienes fungibles consumidos.

Cuando un mismo donante haya satisfecho donativos a los que se apliquen distintos porcentajes de deducción, consigne registros de declarados independientes.

VALOR_1

Importe de la donación en el ejercicio anterior. Se utiliza para hacer el cálculo automático del porcentaje de deducción.

VALOR_2

Importe de la donación en el segundo ejercicio anterior. Se utiliza para hacer el cálculo automático del porcentaje de deducción.

VALOR_3

Importe de la donación en el segundo ejercicio anterior. Se utiliza para hacer el cálculo automático del porcentaje de deducción.

RECURRENTE

Recurrencia donativos
Campo obligatorio sólo si el campo Clave (posición 78 del registro de tipo 2) es igual a A, B, ó G. En el resto de los casos no tendrá contenido.
Valores posibles: ‘1’ ó ‘2’.
1. Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado por el declarado, donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de dicha entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
2. Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores no se hubieran realizado por el declarado, donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de dicha entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

EN_ESPECIE

Indicar 1 para las que sean en especie, el resto 0 o nada.

DONATIVO, APORTACIÓN O DISPOSICIÓN EN ESPECIE: En el caso de que el donativo, aportación o disposición haya sido en especie, se consignará un “1”. En cualquier otro caso este campo se rellenará a blancos.

Cuando para un mismo declarado se declaren donativos, aportaciones o disposiciones dinerarios y en especie, consigne cada uno de ellos en registros de declarados independientes.

Posteriormente se convierte este 1 en una X en el fichero BOE.

COMUNIDAD

Alfanumérico de 2 caracteres. Hay tabla de referencia.

DEDUCCIÓN COM. AUTÓNOMA: Cuando se haya hecho constar en el campo "NATURALEZA DEL DECLARANTE" que ésta es una entidad beneficiaria de los incentivos regulados en el Título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo o una fundación legalmente reconocida que rinde cuentas al órgano del protectorado correspondiente o Asociación declarada de utilidad pública, en el caso de que el donativo pueda dar derecho a la aplicación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de alguna de las deducciones aprobadas por las Comunidades Autónomas seleccione la Comunidad Autónoma que corresponda.

PORCENTAJE_CA

Cantidad numérica sin símbolo de miles ni de moneda y con 2 decimales.

Cuando el campo anterior “Deducción Com. Autónoma” tenga contenido, se consignará el porcentaje de deducción en la cuota íntegra del I.R.P.F. aprobado por la Comunidad Autónoma que corresponda.

NATURALEZA

Alfabético de 1 carácter.

Este campo es opcional, Genera182 detecta automáticamente la naturaleza F y J en base al NIF del donante. Para las claves A ó B se hará constar la naturaleza del declarado de acuerdo con las siguientes claves:

  • F Persona física

  • J Persona jurídica

  • E Entidad en régimen de atribución de rentas

REVOCACION

Indicar 1 para las que sea una revocación, el resto 0 o nada.

Para las claves A ó B cuando la entidad declarante goce del régimen de incentivos fiscales al mecenazgo previsto en el Título III de la Ley 49/2002 y se hubiera producido durante el ejercicio, en los términos del art. 17 de dicha Ley, la revocación de una donación con derecho a deducción recibida en ejercicios anteriores, deberá rellenarse este campo con un 1, además del resto de datos de la donación revocada. Posteriormente se convierte este 1 en una X en el fichero BOE.

EJERCICIO

Cantidad numérica sin símbolo de miles ni de moneda.

EJERCICIO EN QUE SE EFECTUÓ LA DONACIÓN REVOCADA: Para las claves A ó B cuando se haya rellenado con 1 el campo “Revocación”, se hará constar el ejercicio en el que se efectuó la donación revocada.

TIPOBIEN

Alfabético de 1 carácter.

TIPO DE BIEN: Para las claves C ó D, en caso de que se haya marcado la casilla “donativo, aportación o disposición en especie”, se hará constar el tipo de bien cuya aportación o disposición se declara, de acuerdo con las siguientes claves:

  • I Inmueble

  • V Valores mobiliarios

  • O Otros

BIEN

Alfanumérico de 20 caracteres.

Cuando el campo anterior “TIPO DE BIEN” tenga contenido se hará constar la identificación del bien cuya aportación o disposición se declara:
I. NRC (nº de referencia catastral), por ser un inmueble alfanumérico de 20 posiciones.
V. ISIN válido, por tratarse de valores mobiliarios alfanumérico de 12 posiciones.
O. Blancos, por tratarse de otros bienes.

 

En caso de duda en algún campo consulte la ayuda del modelo en Plataforma Informativas para ampliar información al respecto.

Tenga en cuenta que solo podemos darle soporte en las funciones que realiza nuestra aplicación, no en las dudas que tenga con el propio modelo.

Campos opcionales para obtención de informes

Los siguientes campos solo tienen utilidad a efectos de impresión del certificado de donante u cualquier otro informe que necesite.

  • DOMICILIO
  • COD_POSTAL
  • CIUDAD
  • REGION
  • CONTACTO
  • TELEFONO1
  • TELEFONO2
  • FAX
  • EMAIL
  • WEB
  • PAIS: Código ISO de dos caracteres, ES en el caso de España
  • ETIQUETAS: Campo de uso libre para etiquetar los declarados y poder filtrar los mismos.
  • NIFCenso: Este campo no se rellena, se usa para comprobaciones de Nombres en el censo de NIFs