Presentación por medio de papel impreso

La declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347, tanto en papel impreso como en el generado a través del Servicio de impresión desarrollado en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a través del cual se obtendrá la declaración, se podrá presentar en papel, si no contiene más de 15 registros, excepto en los supuestos indicados en el párrafo siguiente. La presentación se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del sujeto pasivo, o bien a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o en la Unidad de Gestión de Grandes Empresas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según proceda, en función de la adscripción del sujeto pasivo a una u otra Delegación o Unidad, llevando adheridas las etiquetas identificativas suministradas a tal efecto por la propia Agencia Estatal de Administración Tributaria. Si no dispone de etiquetas identificativas deberá acompañar a la declaración fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal. No obstante lo anterior, no será preciso adjuntar fotocopia del documento acreditativo del número de identificación fiscal (NIF) cuando se trate de declaraciones correspondientes a personas físicas que se presenten personalmente en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siempre que acrediten su identidad.

No podrán presentar la declaración del modelo 347 por medio de papel, aquellos obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o de sociedad de responsabilidad limitada, ni las que sin exceder de 15 registros correspondan a los obligados tributarios respecto de los cuales las funciones de gestión están atribuidas a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o bien a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.

La presentación se efectuará, directamente o por correo certificado, utilizando el sobre de retorno que corresponda, en el cual se habrá introducido previamente la siguiente documentación:

a) El ejemplar para la Administración de la hoja resumen del modelo 347 debidamente cumplimentada.

b) Los ejemplares para la Administración de las hojas interiores del modelo 347,  conteniendo las personas o entidades relacionadas en la declaración.

c) Los ejemplares para la Administración de la hoja anexo del modelo 347, conteniendo la relación de los arrendamientos de los locales de negocio.