Presentación telemática por Internet

Las declaraciones que contengan hasta 15 registros de operadores podrán presentarse, a elección del obligado tributario por vía telemática a través de Internet (mediante el envío de SMS o con certificado electrónico).

Las declaraciones que contengan más de 15 y hasta 10.000.000 registros, así como, las que sin exceder de 15 registros correspondan a obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o de sociedad de responsabilidad limitada, o a obligados tributarios respecto de los cuales las funciones de gestión están atribuidas a alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o bien a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática a través de Internet. Las declaraciones que contengan más de 10.000.000 de registros podrán presentarse tanto por vía telemática a través de Internet como en soporte directamente legible por ordenador.

La presentación telemática conteniendo la declaración anual de operaciones con terceras personas, modelo 347 se realizará durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.