A estas alturas la mayoría de los usuarios potenciales de las nuevas norma SEPA 19.14 CORE, 19.15 COR1 y 19.44 B2B son conscientes de la necesidad de una gestión adecuada de las autorizaciones de domiciliación o mandatos.
El sistema bancario español ha normalizado el mandato a través de la Norma 50: Orden de domiciliación o mandato para adeudos directos SEPA Esquemas “Básico” y “B2B”.
Con anterioridad a la implantación SEPA en las presentación de recibos por norma 19 solo eran necesarios dos datos: Identificación de Acreedor (NIF+Sufijo) y referencia de adeudo. Con las nuevas normas sepa también hay que identificar el tipo de adeudo y la fecha de aceptación del mandato.
En Criterium CyP hemos tenido en cuenta la necesidad de gestionar de forma expresa estos mandatos y hemos incorporado la gestión de mandatos únicos y recurrentes.
Gestión de domiciliaciones recurrentes
En este caso se gestionan en un registro específico que nos permite la emisión y registro de mandatos.
Como es natural también podemos generar un documento de aceptación de la domiciliación según el diseño propuesto por la norma 50. Aunque pensamos que hemos mejorado la legibilidad del mismo. Dicho documento sale completo a falta de la verificación y firma por parte del deudor.
Una vez recibido el original guardaríamos copia digital en el soporte documental de Criterium CyP y asignaríamos la fecha de aceptación.
Indicar que estas autorización de domiciliaciones se generan automáticamente desde los propios cobros. También pueden generarse domiciliaciones de migración de autorizaciones antiguas.
Se marcará como tipo de adeudo FRST Primer aduedo... automáticamente cuando generemos la domiciliación recurrente. Los posteriores se asignarán como RCUR.
Gestión de domiciliaciones de adeudos con un único pago
En el caso de que se requiera un mandato para un único pago no habría que hacer un registro de domiciliación. Podríamos gestionar y pedir el mismo desde el propio cobro que queremos adeudarle a nuestro cliente.
La aplicación gestiona automáticamente las referencias de mandato, identificador del acreeedor y tipo de adeudo. Solo tendríamos que indicar la fecha de firma del mandato.
Consideraciones adicionales
Le recomendamos que registre también los mandatos que firme a sus acreedores. El registro de domiciliación también le sirve para esta función.
Tenga en cuenta los plazos para el caso de los primeros adeudos y los únicos.
Trate de utilizar la norma 19.15 COR1 siempre que le sea posible. Si su banco y el banco del acreedor lo soportan podrá presentar los recibos con un único día de antelación.