Campos de uso en libros de facturas expedidas

CAMPO DESCRIPCIÓN
FE_FACTURA_RECTIFICADA Se consignarán la identificación de la factura o documentos sustituidos como consecuencia de la rectificación.
No se complique con esto, según las preguntas frecuentes no es obligatorio.
FE_TIPO_RE Se consignará el tipo de recargo de equivalencia aplicable.
FE_CUOTA_RE Se consignará la Cuota del recargo de equivalencia en euros o su contravalor, en los casos de operaciones en divisas.
FE_SITUACION_INMUEBLE Cuando se consigne la clave de operación “R” se consignará de entre las siguientes claves la que corresponda a la situación del local de negocio arrendado:
    1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra.
    2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra.
    3. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral.
    4. Inmueble situado en el extranjero.
FE_REFERENCIA_CATASTRAL Cuando se consigne la clave de operación “R”, se consignará la referencia catastral correspondiente al local de negocio arrendado. Alfanumérico de hasta 25 caracteres.
FE_EN_METALICO Los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico (moneda o billetes de curso legal) de la misma persona o entidad por las operaciones realizadas durante el año natural.
FE_EJERCICIO Se consignarán las cuatro cifras del ejercicio en el que se hubieran declarado las operaciones que dan origen al cobro en metálico por importe superior a 6.000 euros.
FE_TRANSM_INM_CON_IVA Se consignarán separadamente de otras operaciones, las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor añadido (IVA incluido). Los importes deben consignarse en EUROS. IMPORTE PERCIBIDO POR TRANSMISIONES DE INMUEBLES SUJETAS A IVA.